ÁNCASH, LA LIBERTAD Y CAJAMARCA FUERON LAS REGIONES MÁS BENEFICIADAS CON EL CANON MINERO 2015

Producción minera. (Foto: Antamina)

Producción minera. (Foto: Antamina)

(Andina) De acuerdo a  los índices de distribución del canon minero proveniente del Impuesto a la Renta correspondiente al Ejercicio Fiscal 2015, aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF),  la región Áncash será la más favorecida,  seguida por La Libertad, Cajamarca, Moquegua y Tacna, que ocupan los primeros cinco lugares por el monto que recibirán.

Le siguen en orden de importancia las regiones de Puno, Ica, Cusco, Lima, Junín, Arequipa y Ayacucho. Luego siguen Pasco, Apurímac, Lima Metropolitana (Régimen Especial), San Martín, Madre de Dios, Huancavelica, Huánuco, Lambayeque, Callao y Amazonas.
De acuerdo con la norma son 22 regiones las favorecidas por esta distribución, además de Lima Metropolitana, que goza de un régimen especial. Están exceptuadas de esta distribución Loreto, Ucayali y Tumbes.
Ley de Canon
La Ley 27506, Ley de Canon, determina los recursos naturales cuya explotación genera canon, y regula su distribución en favor de los gobiernos regionales y gobiernos locales de las zonas donde se exploten dichos recursos naturales.
Además, establece los criterios y porcentajes para la distribución del canon minero a los gobiernos regionales y locales beneficiarios, de acuerdo con los índices de distribución que fije el Ministerio de Economía y Finanzas con base en criterios de población y necesidades básicas insatisfechas.
Se debe tener presente que cuando el titular minero posee varias concesiones en explotación ubicadas en circunscripciones distintas el canon minero se distribuirá en proporción al valor de venta del concentrado o equivalente proveniente de cada concesión, según declaración jurada sustentada en cuentas separadas que formulará el titular minero a los ministerios de Economía y Finanzas y de Energía y Minas.
En el caso de la minería no metálica, el canon minero se distribuye en función del valor del componente minero.
Asimismo, cuando la extensión de una concesión minera en explotación comprenda circunscripciones vecinas la distribución se realizará en partes iguales.

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